Entendemos por independencia la garantía de pensamiento y acción que disfruta el abogado y que le permite cumplir con su cometido de asesorar a quien le confía sus intereses, sin estar sometido a cualquier injerencia o presión extraña. No es un concepto difícil de entender, pues quienes abogamos sabemos que la independencia es un principio inherente a nuestro actuar, pues solamente desde esta perspectiva, podremos analizar con el debido sosiego los asuntos encomendados y decidir la forma de actuar con la necesaria solvencia. Por el contrario, cualquier injerencia en nuestro criterio profesional constituirá un serio gravamen de consecuencias imprevisibles.

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