Un capítulo de notable interés de la práctica del interrogatorio del testigo lo constituye el orden de exposición del testimonio, disposición que estará condicionada por el propio orden que reflejen las preguntas que vayamos realizando. Dicho de otra forma, la estructura en la que se va a exponer y organizar la información que el testigo irá suministrando a través de su narración, dependerá directamente de la secuenciación que demos a nuestras preguntas.

Y nuevamente, como en todo lo relativo a la práctica del interrogatorio, nos hallamos ante una cuestión esencialmente estratégica, pues en empleo de uno u otro sistema de secuenciación dependerá del objetivo que queramos alcanzar con la modalidad de interrogatorio del que vayamos a servirnos.

Tratándose del interrogatorio directo (aquel que se realiza al testigo que sostiene una versión acorde con la línea de defensa del interrogador), y siendo el objetivo esencial del mismo la acreditación del testimonio, el interrogatorio se dirigirá a obtener un relato realista, completo y preciso, pues de lo que se trata es de obtener una narración que ofrezca al juez todos los detalles de los hechos conocidos por el testigo y que lo sitúe, como si de una película se tratase, en el escenario objeto de la narración.

Para ello, la mayoría de los expertos recomiendan la secuenciación del mismo a través del orden cronológico, es decir, mediante una narración que siga un orden temporal de los hechos conocidos por el testigo. La estructuración cronológica del relato encuentra su fundamento en que a través de la cronología solemos organizar nuestros pensamientos, pues es la forma habitual en la que las personas nos comunicamos, estando más que demostrado que a través de un relato cronológico la información que recibimos se procesa más fácilmente que si se tratara de una exposición no cronológica y aleatoria.

Por ello, a través del orden cronológico conseguiremos diversos objetivos:

1.- El juez accederá a una información clara con suma facilidad y sin esfuerzo, lo que facilitará el recuerdo de la narración.

2.- Se facilita la labor del testigo, pues su declaración será más fluida, y con ello más creíble y verosímil.

3.- Se favorecen los propios objetivos del interrogatorio directo.

Por el contrario, durante el contrainterrogatorio (aquel que se realiza al testigo que sostiene una versión contraria a la línea de defensa del interrogador), uno de los objetivos claves será la desacreditación del testimonio prestado por el testigo durante el interrogatorio directo, de modo que el abogado tratará de investigar el grado de sinceridad y veracidad de dicho testimonio, realizando un testeo del mismo. En este caso, no se pretende obtener una nueva narración de la historia, sino confrontar la ya expuesta sobre la base de posibles errores, inconsistencias, falsedades o incluso cuestionarla a la vista de una versión alternativa.

Esta diferencia condiciona el proceso de secuenciación del interrogatorio, ya que si en el directo se aconseja el método cronológico, en el contrainterrogatorio es recomendable el empleo de la secuenciación temática, es decir, aspectos concretos y definidos de los hechos, sin prestar atención a la cronología de los mismos.

A través del método temático, agruparemos bajo cada línea de contrainterrogatorio una serie de preguntas que versen sobre un mismo tema, lo que no solamente hará el interrogatorio más persuasivo, sino que facilitará la confrontación de la versión del testigo de forma escalonada. Así, los bloques temáticos se irán enlazando a través de preguntas de transición en las que se irá avanzando capítulo a capítulo con el dinamismo y ritmo necesario para poder controlar al testigo.

Significar, que de emplearse el método cronológico durante el contrainterrogatorio perderemos el control del testigo, quien avisado por la cronología de los hechos podrá prever la siguiente pregunta y con ello adaptar (consciente o inconscientemente) su respuesta a la versión que ya expuso en su interrogatorio directo, por lo que los posibles errores, inconsistencias, falsedades, etc. volverían a reiterarse, siendo todo esfuerzo inútil.

Igualmente, de emplearse durante el interrogatorio directo el método temático, lejos de obtener una narración ordenada de los hechos, alcanzaríamos informaciones segmentadas e inconexas que no solo dificultarían la propia exposición del testigo, sino que el juez difícilmente podría captar y recordar la narración de forma completa.[1]

[1] Puedes conocer a fondo sobre esta materia en la obra ARTE Y TÉCNICA DEL INTERROGATORIO, Editorial Thomson Aranzadi, que encontrarás en  https://oscarleon.es/libros/