Como indicábamos en nuestra anterior colaboración, la declaración de obra nueva es la declaración por la que el titular del suelo manifiesta en escritura pública la descripción de la construcción de un edificio o la ejecución de mejoras relevantes en otro ya existente con la finalidad de su inscripción en el Registro de la Propiedad, de manera que con la misma se obtiene la constatación en dicho Registro de un cambio o mutación de las circunstancias expresadas en la descripción bajo la cual figura inscrita una finca.

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