Es práctica habitual en los procesos de compraventa de inmuebles a entidades promotoras el que coincidiendo con el otorgamiento de la escritura de compraventa, el comprador suscriba un documento redactado por la promotora en el que se reconoce recibir la vivienda en perfectas condiciones y a su entera satisfacción, suscripción que suele coincidir con la falta de observación alguna por el comprador en la propia escritura de compraventa.

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