Centrados en los procesos judiciales en los que se exige responsabilidad a los agentes de la edificación, sea cual sea el régimen aplicable ( artículo 1.591 del Código Civil, Ley de Ordenación de la Edificación o procesos en los que se entable la acción contractual ex artículo 1.101 del Código Civil ), constituye una defensa muy empleada por los agentes demandados en estos procesos, tratar de liberar o mitigar la responsabilidad imputada acreditando la negligencia del propietario-demandante en sus obligaciones de cuidado, conservación o mantenimiento del inmueble afectado por vicios o defectos constructivos.

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