En la presente colaboración vamos a examinar brevemente algunos aspectos de la reciente fecha 23 de marzo de 2004 en relación con la facultad del promotor inmobiliario de modificar el título constitutivo, todo ello a pesar de haberse celebrado en documento privado la compraventa del resto de los pisos y locales, situación ésta que nos lleva al análisis del conflicto que se produce entre los compradores de dichos locales y viviendas con el promotor al considerarse aquello perjudicados por el proceder de éste.

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