Con el fin de defender los principios de independencia y libertad de defensa del abogado en sus relaciones con la Administración de Justicia, los Colegios de Abogados crearon la institución del amparo colegial, que puede definirse como el conjunto de medidas que adopta el órgano de gobierno de un colegio profesional para restablecer la independencia, libertad o prestigio profesional cuando estos valores son amagados por una autoridad o tribunal (NIELSEN).

 El amparo colegial, regulado en el artículo 41 del Estatuto General de la Abogacía, no es más que la materialización del derecho de todo colegiado recogido en el artículo 35 b) que le otorga la facultad de recabar y obtener de todos los órganos corporativos la protección de su independencia y lícita libertad de actuación profesional.

Concretamente, la regulación del artículo 41 citado dispone lo siguiente:

«Si el Abogado actuante considerase que la Autoridad, Tribunal o Juzgado coarta la independencia y libertad necesarias para cumplir sus deberes profesionales, o que no se le guardase la consideración debida a su profesión, podrá hacerlo constar así ante el propio Juzgado o Tribunal bajo la fe del secretario y dar cuenta a la Junta de Gobierno. Dicha Junta, si estima fundada la queja, adoptará las medidas oportunas para amparar la libertad, independencia y prestigio profesionales.» 

Curiosamente, los abogados hacemos escaso uso de esta herramienta, bien por desconocimiento, por indecisión, temor a sufrir las consecuencias de su invocación, etc., pero lo cierto es que cuando se produzcan situaciones que realmente pongan en peligro la independencia del abogado, o cuando considere que se está faltando gravemente la consideración debida a la propia profesión, este tiene obligación, conforme al propio artículo 10.5 del CDAE (El abogado está obligado a poner en conocimiento del Colegio los agravios de que tanto él como cualquiera de sus compañeros hubieran sido objeto con ocasión o como consecuencia del ejercicio profesional) de invocarlo oralmente en Sala.

Continuar leyendo en LegalToday.com