Cuando el abogado interviene por primera vez en juicio, accede a la sala con unos conocimientos oratorios condicionados por la enseñanza recibida desde pequeño, el ambiente familiar en el que ha crecido, las oportunidades de acceso y fomento de la literatura e incluso la facilidad innata de la palabra. Estas circunstancias serán las que delimitarán su técnica oratoria, o lo que es lo mismo, su habilidad de hablar con elocuencia, deleitar, persuadir y conmover por medio de la palabra.

 Pese al grado de comunicación oratoria alcanzado en dicha fase (que suele ser insuficiente), existen una serie de conocimientos imprescindibles para ser un buen orador, conocimientos que deberán ser adquiridos, bien mediante el propio autoaprendizaje, como a través de la lectura de publicaciones especializadas o la asistencia a cursos o seminarios.

A estos conocimientos nos referiremos en la presente colaboración.

Conocimiento del asunto

Para todo orador forense hay una consigna esencial: sin la comprensión adecuada de todos los antecedentes del asunto que vayamos a defender no hay oratoria. La oratoria no puede, bajo ningún concepto, suplir la carencia de conocimiento de los hechos que constituyen la materia que tenemos que tratar.

Por lo tanto, la preparación del caso con el análisis contrastado de los hechos, la forma de acreditarlos a través de las pruebas necesarias y la aplicación del derecho, son elementos esenciales que deben estar siempre presente en la formación del orador.

Conocimientos jurídicos

La formación del orador forense requiere igualmente un permanente estudio del derecho en todas sus variables: conocimiento de la norma positiva, la doctrina de los autores y de la jurisprudencia y sentencias de los tribunales menores, lo que se potenciará y actualizará a través de la oportuna preparación de los casos.

Argumentación

La argumentación es un tipo de discurso expositivo que tiene como finalidad defender con razones o argumentos una tesis, es decir, una idea que se quiere probar o sustentar una hipótesis. En el campo forense, y siguiendo a Quintiliano, la argumentación es el tipo de razonamiento que prueba y refuta las proposiciones relativas al derecho de las personas para obtener o hacer algo legítimamente, argumentación que los abogados deberán desplegar ante los jueces, con el fin de obtener el resultado pretendido a través del alegato oratorio.

De lo expuesto puede concluirse, que sin una adecuada técnica argumentativa, será imposible que el orador forense sea eficaz en su trabajo.

Comunicación verbal y no verbal

La comunicación verbal puede realizarse de forma oral (través de signos orales y palabras habladas) o escrita (por medio de la representación gráfica de signos). La comunicación no verbal es la que se lleva a cabo mediante el lenguaje no verbal, es decir, gestos, apariencia, postura, mirada y expresión, así como a través de multitud de signos como imágenes sensoriales (visuales, auditivas, olfativas…), sonidos, gestos, movimientos corporales, etc. Ambos lenguajes juegan un papel esencial en el proceso de comunicación en sala.

Esta materia puede cultivarse a través de la lectura de publicaciones en las que se exponen con detalle las correspondientes técnicas, si bien lo más recomendable es la asistencia a academias y escuelas que imparten cursos y seminarios de comunicación.

Asistencia a los tribunales

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