Nunca olvidaré aquel juicio por divorcio en el que, de forma inesperada,  dos testigos y una pericial corroboraron la declaración del cónyuge de mi cliente, quien afirmaba tozudamente que su marido le era infiel desde hacía años. Este extremo, que fue siempre negado tajantemente por éste y cuya acreditación supuso una sentencia desfavorable, constituye un claro ejemplo de los casos en los que el cliente comete el grave error de no contar a su abogado toda la verdad sobre los hechos de su asunto.

Y digo error, pues para poder plantear una estrategia de defensa adecuada es fundamental que el cliente exponga al abogado la verdad de todos y cada uno de los hechos relativos al conflicto en el que se encuentra, sean graves, inmorales, injustos o, en definitiva, ilícitos; da igual como puedan calificarse, pues el abogado necesita de toda la información posible para poder decidir, acorde con la línea de defensa escogida, el impacto que tendrán cada uno de estos hechos en la estrategia trazada.

Desgraciadamente, muchos clientes no opinan lo mismo, y cuando se presentan ante el abogado deciden conscientemente ocultar determinada información que, a posteriori, suele ser esencial para la defensa del asunto. Las causas de este comportamiento suelen ser las siguientes:

  • Cierto temor a que el abogado lo juzgue.
  • La creencia de que el abogado va a realizar una mejor defensa si se omiten los hechos (especialmente los que denotan su culpabilidad o responsabilidad).
  • Piensan que diciéndoles toda la verdad al abogado éste se va a ver imposibilitado para defenderlo.

En el primer caso, el cliente se siente avergonzado de algunos elementos de su conducta y los omite, temiendo ser juzgado por el abogado, desconociendo por tanto que este está ahí para ayudarle a través de su defensa y no para juzgarle, labor que corresponde al juez.

En el segundo, existe la creencia de que si no le dices toda la verdad al abogado, este, convencido de la inocencia de su cliente, se esforzará, más si cabe, en luchar por la misma. Craso error, pues esto puede funcionar en alguna película del género judicial (Las dos caras de la verdad), siendo tan conducta un verdadero suicidio procesal, pues la verdad saldrá, y con un impactó cuadruplicado, a través de la intervención de la parte contraria.

Finalmente, algunos clientes (y estos son los menos) piensan que si le dicen toda verdad al abogado, éste tendrá irremediablemente que ponerla de manifiesto en juicio, lo que obviamente impedirá defenderlo adecuadamente.

Si observamos todos los supuestos, concluiremos que la mejor forma de evitarlos es realizar una labor verdaderamente pedagógica al principio de la relación profesional, transmitiéndole al cliente diversos aspectos que le permitan evaluar fácilmente las consecuencias de la tergiversación u ocultación de la verdad.

Por tanto, es muy importante, explicar al cliente al comienzo de la relación, y de la forma más coloquial posible, los siguientes extremos:

  • Los derechos que le asisten al amparo del artículo 24.2º de la Constitución española a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
  • El deber del abogado de guardar secreto respecto de todos los hechos o noticias que conozca por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, sin que pueda ser obligado a declarar sobre los mismos.
  • Que el abogado, en el desarrollo de su actividad, estará plenamente legitimado para ocultar aquella información (hechos, datos, etc.) que pudieran perjudicar los derechos de su cliente, por lo que no toda la información que le suministre tiene necesariamente que ser expuesta para llevar a cabo su defensa.
  • Finalmente, transmitirle la importancia de que su abogado conozca toda la información que el abogado de la parte contraria pueda alcanzar, pues de lo contrario, el impacto de esa verdad descubierta por la parte adversa puede ser demoledora.

Resumiendo en pocas palabras lo expuesto a fin de poder transmitirlo al cliente, podríamos emplear, a modo de ejemplo, el siguiente texto:

“Soy su abogado,  y para preparar su defensa necesito que me cuente toda la verdad de lo ocurrido, incluyendo todos los hechos que conozca, por muy desagradables que puedan ser. Quiero que sepa que todo lo que me cuente quedará entre nosotros por mi obligación de guardar secreto profesional. Por otro lado, durante todo el procedimiento judicial tiene usted el derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, presumiéndose en todo momento su inocencia mientras no se demuestre en juicio lo contrario. Por lo tanto, una vez decidamos la estrategia a seguir, determinaremos que hechos de los que Vd. me ha informado se emplearán o no en su defensa. Lo que no podemos permitir es que Vd. me omita algún hecho o no me diga la verdad y después la otra parte demuestre lo contrario, pues esto puede ser muy perjudicial para sus intereses”

No obstante, a pesar de todas estas prevenciones (que son el pan de cada día de los abogados penalistas), lo cierto es que muchos clientes, por una u otra razón, persisten en su actitud (y digo persisten porque hay que tener varias reuniones para tener la certeza de que nos oculta algo), lo que, de ser detectado, no tiene a mi juicio otra solución que la renuncia a continuar con la defensa del mismo (artículo 13. 3 del Código Deontológico), pues sin garantía de la confidencialidad y veracidad que debe reinar en la relación abogado-cliente no hay confianza, y la ausencia de ésta, como vértice de dicha relación, hace inviable que los abogados cumplamos con nuestra función en el Estado de Derecho.