En la presente colaboración traemos a colación la Sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo de fecha 18 de marzo de 2010 por la que, entre otros pronunciamientos, se declara como doctrina jurisprudencial que el impago por el arrendatario del impuesto de bienes inmuebles, en arrendamientos de vivienda existentes en el momento de la entrada en vigor de la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 , ha de considerarse como causa de resolución comprendida en el artículo 114-1ª del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.
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