Diario La Ley, Nº 3, Sección Legal Management, Editorial Wolters Kluwer

LA LEY 1364/2017

Jurisprudencia comentada
Ir a Jurisprudencia TS, Sala Segunda, de lo Penal, S 249/2008, 20 May. 2008 (Rec. 10983/2007)
Ir a Jurisprudencia APM, Sección 10ª, S 276/2006, 19 Abr. 2006 (Rec. 486/2005)
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Resumen

Materia tabú donde las haya, la preparación del testigo de parte por el abogado constituye una actuación delicada y la mayoría de las veces sospechosa, pues en la misma confluyen imparcialidad del primero y parcialidad del segundo. Sin embargo, como desarrollamos en la presente colaboración, una actuación profesional ética y honesta del abogado, alejada de todo adoctrinamiento o tergiversación de los hechos, no está reñida con la puesta en práctica de una estrategia esencial para que el juicio se desarrolle dentro de unos cauces fluidos. De hecho, la experiencia no engaña, y de toda la vida los abogados se han reunido con los testigos de parte para conocer su versión de los hechos y preparar la declaración. Lo contrario, sería una verdadera irresponsabilidad.

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