Este verano cayó en mis manos la obra de Shakespeare La Fierecilla domada, y durante su lectura, de repente, di con la siguiente frase pronunciada por Tranio, sirviente de Lucentio:
Si les parece podremos pasar juntos la tarde, como hacen los adversarios en derecho que disputan acaloradamente pero comen y beben como amigos.

Al leerla y releerla, no pude evitar sonreír, pues ya en tiempos de Shakespeare, las buenas costumbres profesionales estaban en boga, lo que me hizo pensar en que no sería mala idea comenzar la nueva temporada en legaltoday con un post tratando este tema tan actual como necesario para los abogados, cual es la lealtad entre compañeros, máxime cuando su observancia constituye la llave que facilitará un ejercicio profesional más satisfactorio y productivo.

El compañerismo, como concepto general, está plenamente reconocido en el Código Deontológico de la Abogacía, que en su artículo 12, titulado «Relaciones entre Abogados» establece en su número primero: «Los Abogados deben mantener recíproca lealtad, respeto mutuo y relaciones de compañerismo». Por lo tanto, el compañerismo es una conducta, comportamiento o actitud hacía los compañeros de profesión, que persigue alcanzar un espíritu de hermandad y solidaridad entre los abogados, quienes con independencia de la competitividad inherente a su labor, deben mantener un respeto mutuo.

Pero, vayamos más a fondo, ¿por qué es importante el compañerismo entre colegas?

En primer lugar, no hemos de olvidar que todos pertenecemos a la misma profesión, y que, por tanto, compartimos multitud de facetas en nuestra forma de pensar, de trabajar, de actuar, y hasta diría que de vivir, lo que inevitablemente genera una sincronía entre quienes desarrollamos la misma actividad, máxime cuando los intereses que, como colectivo defendemos, son los mismos. Y que conste que esto no es corporativismo,…, es pura lógica.

Ciertamente, defendemos intereses contrapuestos, pues el conflicto y la lucha de intereses son ideas latentes en el trabajo, pero ¿justifica dicho conflicto la falta de compañerismo con el abogado adverso (adverso coyuntural, por cierto)? En absoluto, pues quienes se enfrentan material y emocionalmente son los clientes, titulares de los derechos e intereses contrapuestos, pero los abogados lo hacen en un nivel en el que las emociones y los intereses son sustituidos por la invocación del derecho. Como dijo Martínez del Val, el enfrentamiento entre abogados es un enfrentamiento ideal o doctrinal, por lo que, sin perjuicio de la intensidad que podamos ofrecer en nuestra defensa, ello no está reñido con el respeto y cordialidad que nos debemos.

De hecho, los abogados no hemos de olvidar que como indica la máxima forense, «los clientes y los casos pasan, los abogados quedan», enseñanza que nos recuerda que una vez concluido el caso, el cliente sale de nuestra órbita, pero al compañero podemos encontrarlo en una nueva controversia defendiendo a la parte contraria, por lo que una buena relación, basada en la experiencia precedente, facilitará, sin duda, la resolución del nuevo asunto.

Por otro lado, la propia administración de justicia establece en su normativa que los abogados se comporten con respeto para con los demás compañeros, y ello para que los asuntos contenciosos sean resueltos de manera civilizada. Por lo tanto, el respeto entre colegas facilita el buen funcionamiento de la administración de justicia.

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