Enfrentarse a la decisión de arrendar una vivienda o un local de negocios es una tarea complicada para aquellos propietarios que por primera vez se plantean dicha alternativa. Aparentemente, la cuestión es bien sencilla; primero, encontramos al arrendatario, una vez negociadas las estipulaciones esenciales del arriendo, se redacta el contrato y tras la firma, ya tenemos el inmueble arrendado. Sin embargo, quienes han arrendado por su propia cuenta y riesgo, saben positivamente que los aspectos relativos a la negociación del contrato de arrendamiento constituyen materia de primer orden en el futuro devenir de la relación arrendaticia. Entre los distintos aspectos a tener en cuenta a la hora de concertar un contrato de arrendamiento destaca la fijación de la renta, es decir, del precio que el arrendatario esta dispuesto a pagar como consecuencia de la cesión de uso del inmueble. Evidentemente, para el arrendador, la renta es el elemento clave y fundamental del contrato de arrendamiento, constituyendo la puntual percepción de dicha renta la finalidad esencial de dicho contrato.
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