La cita de jurisprudencia por parte del abogado durante la exposición del informe oral no deja de ser una cuestión controvertida. Abona dicha afirmación la existencia de opiniones diversas y, a veces contradictorias, mostradas por jueces y abogados sobre su necesidad, conveniencia y forma de exposición.
Ciertamente, la cuestión no es trivial, pues si examinamos la regulación del informe oral en los diversos órdenes jurisdiccionales, se observa como punto transversal a todas ellas la necesidad de arrojar luz en relación con los hechos y fundamentos jurídicos en los que las partes apoyen sus pretensiones una vez practicadas las pruebas pertinentes, lo que supone lógicamente un razonamiento fundado en argumentos de técnica jurídica en el que deberá emplear la cita a leyes, doctrina y jurisprudencia.[1]
Expuesto lo anterior, y sin entrar a considerar las diversas posiciones anunciadas, será objeto del presente post fijar mi posición en cuanto a cómo debe efectuarse la cita de jurisprudencia durante la exposición del informe oral, dejando también señaladas aquellas formas que considero incorrectas y que, por tanto, no serán bien recibidas por el juez.
Para abordar este tema, lo primero que hemos de resaltar es que todo informe oral, para captar el interés y la atención del juez, debe reunir una serie de características que podrían resumirse en concreción, claridad, brevedad, estructura y una construcción flexible y atractiva, por lo que todo abogado, a la hora de elaborar el informe, debe dar cabida a dichos rasgos distintivos, evitando así introducir elementos que quiebren dicha armonía.
¿Rompe la cita de jurisprudencia dicha armonía?
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