Hablar del control del testigo durante el contrainterrogatorio viene referido a la actuación del abogado que interroga, dirigida a evitar que el testigo evada la respuesta a las concretas preguntas de las que va a ser objeto, bien porque no responda de forma específica a la pregunta o porque trate de fundamentar y justificar cada extremo del que es objeto de interrogatorio. Por lo tanto, controlar al testigo supone que éste responda con la máxima concreción a las preguntas que se le realicen durante el contrainterrogatorio.

No es fácil controlar el desarrollo del contrainterrogatorio, pues nos vamos a enfrentar a un testigo que ya ha aportado su versión de los hechos durante el interrogatorio directo[1], y que está siendo sometido a una revisión de su versión (y lo sabe), por lo que es natural esperar que trate de reiterar y fundamentar la misma durante el contrainterrogatorio.

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