Interrogar a un testigo, perito o parte va a requerir el empleo de estrategias y técnicas de litigación que nos permitan realizar el interrogatorio con la máxima eficacia. Entre dichas técnicas se encuentra el empleo adecuado del tipo de pregunta en función del escenario en el que estemos actuando (interrogatorio directo/contrainterrogatorio).

En la presente colaboración vamos a centrarnos en analizar el tipo de preguntas que debemos emplear los abogados en ambos supuestos[1].

1º.- Las preguntas en el interrogatorio directo.

1.1.- Preguntas abiertas

Siendo uno de los objetivos claves del interrogatorio directo la obtención de un testimonio completo, ordenado, claro y preciso a cargo del testigo, nuestra recomendación es la primacía en el empleo del uso de preguntas abiertas, sin perjuicio de su combinación con preguntas cerradas.

Ello es lógico, puesto que en todo interrogatorio directo el testigo debe explicar con detalle cómo ocurrieron los hechos, eso sí, sobre la base del contenido y alcance de la pregunta realizada por su abogado.  De esta forma, como indica Serrano  el abogado invitará al testigo a expresarse de tal manera que se refiera explícitamente, con la concreción debida, a los hechos fundamentales de la historia, y no a brindar explicaciones ilimitadas con abundancia de detalles vagos, superfluos e impertinentes; es decir, hablamos de un formato de pregunta que si bien fija los límites de las respuestas no cierra la posibilidad de explicación como lo sería si se le hicieran al testigo preguntas con formato sugestivo.

Veamos un ejemplo:

 – ¿Podría explicarnos cómo se produjo el enfrentamiento?

– Bueno, entramos los tres a la calle Cementerio y nos topamos con mucha gente en romería, ya sabe en dirección a la Ermita; pasamos entre la gente con cierta dificultad hasta que cuando había menos gente, de lejos, vimos a dos mozos que subían por la calle y nos miraban fijamente…

– Disculpe, ¿a qué hora entraron por la calle Cementerio?

– A eso de las tres de la tarde.

– Prosiga.

– Pues bien, entonces uno de ellos, creo que el tal Teodoro, se dirigió  a los tres y nos dijo “que esto era una romería, que nos comportáramos”, además nos dijo que éramos unos “payasos”.

– ¿Y por qué se dirigió el tal Teodoro de ese modo a Vds?

– No lo sé, quizás era porque veníamos riéndonos y dando saltos al bajar la calle. La verdad es que estábamos muy contentos, más bien “achispados” sabe. Y parece que eso le molestó.

1.2.- Preguntas cerradas

En cuanto al empleo de preguntas cerradas, la recomendación se centra en el uso de cerradas para concretar, centrar, puntualizar, aclarar, etc.

Concretar: algún aspecto que no haya quedado claro en la exposición previa del testigo.

Centrar: auxiliar al testigo a centrar los hechos dada la ambigüedad del testimonio.

Puntualizar: llamar la atención sobre determinado aspecto del testimonio.

Aclarar: esclarecer o explicar algún punto que no haya quedado claro.

Efectivamente, a través de las preguntas cerradas podrán aclararse algunas dudas, incoherencias o detalles que es conveniente que salgan a  la luz y que, por desconocimiento u olvido, han sido omitidos por el testigo; igualmente, las preguntas cerradas son necesarias en aquellos casos en los que el testigo realiza una declaración vaga, imprecisa o repetitiva, en cuyo caso, a través de la pregunta de seguimiento, trataremos de poner el orden necesario en la declaración.

Veamos otro ejemplo extraído del mismo interrogatorio en el que se combinan preguntas abiertas y cerradas:

– ¿Y por qué se dirigió el tal Teodoro de ese modo a Vds?

– No lo sé, quizás era porque veníamos riéndonos y dando saltos al bajar la calle. La verdad es que estábamos muy contentos, más bien “achispados” sabe. Y parece que eso le molestó.

-¿No provocaron Vd. o sus amigos a Francisco y Teodoro?

– Jamás, nosotros estábamos a lo que estábamos, a pasarlo bien.

–  ¿Y qué ocurrió a continuación?

– Pues que le dije que a que venía eso, que la calle era de todos y que era un día para pasarlo bien. Esto parece que le molestó, y se puso amenazante, hasta el punto que me dijo, cállate hijo puta y pegó un empujón al que respondí con otro, y así, empezamos a bracear dándonos empujones.

– ¿Y qué hacían los demás? Me refiero al tal Francisco y sus dos amigos.

– Pues intentaron separarnos primero, pero luego se le fue la mano al Francisco y ya empezó una pelea en toda regla a puñetazos entre los cinco.

– El tal Francisco, ¿qué actitud tuvo durante la pelea?

Pues actuó con mucha agresividad, pegando para hacer mucho daño, se veía que sabía pelear…

– ¿Llevaba Vd. o sus compañeros algún arma durante la pelea? Me refiero a cuchillos, palos, piedras o cualquier otro objeto contundente.

– No llevábamos nada de eso.

1.3.- Preguntas sugestivas

Finalmente, hay que tener muy en cuenta que durante el  interrogatorio directo tendremos que evitar el empleo de preguntas cerradas que sugieran la respuesta al testigo (sugestivas), ya que, de hacerlo,  transmitiremos escasa credibilidad al testimonio obtenido, puesto que el testigo, lejos de responder de forma espontánea narrando lo que conoce, se limitará a asentir las sugerencias del interrogador (siempre de conformidad con lo sugerido). En estos casos, el juez o la parte adversa probablemente intervendrán para censurar la pregunta realizada por estar guiándose al testigo.

Veamos otro ejemplo:

– ¿Qué ocurrió cuando Jacobo resultó herido.

– Pues bajábamos por la calle, y tras parar por entre una muchedumbre que iba a la Ermita vimos de lejos al Francisco y al Teodoro subiendo por la calle, entonces vimos como los dos se nos quedarán mirando de forma agresiva…

– ¿Lo hacían en actitud provocativa?

-Totalmente.

– ¿Les dijeron algo?

– Si, al acercarnos, uno de ellos nos increpó diciéndonos que éramos unos payasos y que eso no era forma de comportarse.

– ¿Y Vds. le respondieron?

– Bueno, le dijimos que eso no eran formas, vaya…

– Pero, Vds. no les agredieron, ¿cierto?

– Claro, sólo les pedimos explicaciones.

– Entonces sobrevino la pelea…

– Sí, ya que entre una y otra cosa terminamos dándonos empujones, y de los empujones pasamos a los puñetazos.

– ¿Y qué pasó?

– Pues que se formó una buena pelea en medio de la calle y,…

– ¿En dicha pelea fue cuando Francisco acuchilló a Jacobo?

– Sí.

2º.- Las preguntas durante el contrainterrogatorio.

2.1.- Preguntas cerradas

Durante el contrainterrogatorio es muy recomendable el uso de preguntas cerradas,  entendiendo por cerradas aquellas que esperan una respuesta que confirme o niegue el contenido ínsito en la misma pregunta; son preguntas puntuales, concretas, y específicas en las que el interrogador suministra mucha información relevante al testigo a través de la pregunta, requiriendo su admisión o rechazo.  Igualmente, a través de las preguntas cerradas, el interrogador puede invitar al testigo a que escoja entre varias respuestas posibles, focalizando la respuesta en aspectos concretos de su relato.

La razón de este empleo reside en que el testigo ya ha declarado libremente durante el interrogatorio directo y ha expuesto con detalle la narración de los hechos, por lo que ya tenemos la versión del testigo y ahora corresponde contrastarla a través del contrainterrogatorio en el que los hechos declarados se superpongan a una nueva y diferente versión de los hechos planteada por el abogado que va a realizar el contraexamen. Para alcanzar ese propósito, es decir, para ofrecer una versión alternativa, la mejor herramienta son las preguntas cerradas.

Veamos un ejemplo:

  • ¿Qué me dice de las lesiones que tiene en el rostro? ¿Quién se las hizo?
  • Pues sería fruto de la pelea, ya le digo que todos recibimos golpes.
  • ¿Presentó Vd. algún parte de lesiones?
  • No, pero yo también recibí de lo lindo.
  • Pero no presentó parte de lesión alguna.
  • Ya se lo he dicho.
  • ¿Sabe Vd. que sus dos compañeros, excepto la herida de la cuchillada de Jacobo, y el propio Teodoro no presentaron parte de lesiones alguno por golpes en el rostro y resto del cuerpo?
  • (Persignándose). Pregúnteselo al Luís, porque el Jacobo ya sabe…
  • ¿Llevaba Francisco una chaquetilla corta durante la riña?
  • Creo que sí.
  • Dice el testigo, don Fernando, que Jacobo inmovilizó a Luís cogiéndole por las solapas de la chaquetilla. ¿Es cierto?
  • Yo no vi eso.
  • Y mientras tanto, estando indefenso, Vds. no paraban de golpearle. ¿Es cierto?
  • Ya le he dicho que no.
  • ¿Es por dicha razón por la que Francisco tenía el rostro y el cuerpo lleno de contusiones?
  • Eso es producto de la pelea.
  • Sí, pero parece que de los cinco implicados todos los golpes se los llevó sólo Francisco.
  • Silencio.

2.2.- Preguntas abiertas

Pero, ¿podemos realizar preguntas abiertas en el contrainterrogatorio?

Las preguntas abiertas son aquellas que solicitan al testigo una respuesta a través de la cual exponga su visión de los hechos, de modo que sin restricción o información alguna el testigo referirá su experiencia a través de una narración extensa, por lo que también se las denomina “de recuerdo libre”. Por lo tanto, la información que suministran estas preguntas es prácticamente nula, ya que el abogado, al interrogar, ofrece escasa orientación al testigo.

Pues bien, a pesar de que las preguntas abiertas son ideales para el interrogatorio directo y poco recomendables para el contrainterrogatorio, lo cierto es que en ocasiones es conveniente emplear este tipo de preguntas durante el contrainterrogatorio. Las razones pueden ser variadas:

  • Dar al interrogatorio mayores alternativas ofreciendo una imagen de mayor fluidez, confianza y credibilidad;
  • Enfrentarnos a un testigo escasamente hostil;
  • Cuando sospechemos que el testigo está mintiendo.

En este último supuesto, el uso de las preguntas abiertas es recomendable, pues cuando se está mintiendo, el detalle en la mentira puede facilitar evidencias de que no se está diciendo la verdad, ya que el riesgo de incoherencias e inconsistencias aumenta. Como señala Baytelman, “lo único más despreciable que una mentira es una mentira detallada”

Fuera de los supuestos en los que el testigo esté mintiendo, las preguntas abiertas deben realizarse en las fases de zonas seguras del contrainterrogatorio, es decir, cuando el riesgo de que el testigo se explaye en su historia  sea mínimo y no pueda perjudicar nuestra línea de defensa.

Veamos un ejemplo correcto y otro incorrecto en el uso de preguntas cerradas y abiertas:

Correcto:

  • En cuanto a lo que Vd. observó, nos dice que fue una riña entre todos los mozos, todos a la vez. ¿Cierto?
  • Sí, todos se estaban peleando, los cinco.
  • ¿Escuchaba lo que decían?
  • Bueno, oía gritos, pero no escuchaba lo que decían.
  • ¿Podía distinguir quien peleaba contra quién?
  • Claro, los dos forasteros contra los tres del pueblo.
  • ¿Y cómo lo pudo distinguir esto desde tan lejos?
  • Ya le he dicho que para mí no estaba tan lejos.

En este caso, al preguntar  ¿Y cómo lo pudo distinguir esto desde tan lejos? El abogado se está arriesgando a que con la respuesta perjudique su estrategia; sin embargo, el abogado ya ha logrado acreditar anteriormente la distancia entre la testigo y el lugar de los hechos sabe que sea cual sea la respuesta, obtendrá una confirmación de su tesis o la inconsistencia de la declaración de la testigo.

Incorrecto:

  • ¿No es cierto que los tres mozos del pueblo estaban pegándole en el suelo al tal Francisco?
  • No, yo vi cómo se pegaban entre todos.
  • ¿Y no es cierto que lo tenían inmovilizado y no paraban de golpearle?
  • Ya le he dicho que era una pelea entre todos.
  • ¿Y no es más cierto que un vecino del pueblo intentó que los tres dejaran de pegar a Francisco?
  • Yo al menos no vi a nadie. Allí no había quien se acercara.
  • La puñalada que recibió Jacobo, ¿cómo es posible que la viera?
  • Pues, estando de pie, el Francisco empujó a Jacobo, y en el momento en el que se separaban sacó de la faja un cuchillo o una navaja, y se lo clavó en el vientre. Entonces, Jacobo cayó gritando y los de Santa Rita se escaparon corriendo.
  • No le pregunto cómo fue, sino cómo pudo verla con tanta claridad, desde tan lejos y con el jaleo de tanta gente.
  • Sólo puedo decirle que la vi.

En este segundo supuesto, al preguntar La puñalada que recibió Jacobo, ¿cómo es posible que la viera?, el abogado da la oportunidad al testigo de explayarse narrando la versión que el abogado no quiere escuchar, y ello al haber empleado una pregunta abierta que le ha permitido reiterar lo que ya dijo en el interrogatorio directo.

En conclusión, durante el interrogatorio y contrainterrogatorio, hemos emplear de forma estratégica el tipo de preguntas más adecuado para ajustar nuestra intervención a la consecución de los objetivos previstos.


[1] Para una mayor profundización en las diferencias entre interrogatorio directo y contrainterrogatorio, tipos de preguntas, y otras cuestiones relacionadas con la estrategia del interrogatorio puede consultar los post publicados en este blog.